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Reconocimiento Facial

INTRODUCCIÓN

El reconocimiento facial es una tecnología que

recoge los datos biométricos únicos de cada

persona para identificarla, verificarla o autentificarla

a través de una imagen, vídeo o un elemento

audiovisual de su rostro.

 

 La identificación se utiliza para acceder a una aplicación, un sistema o un servicio. Aunque el reconocimiento facial pueda ser una tecnología muy eficiente y eficaz en identificar, verificar o autentificar a personas, también es muy intrusiva en nuestros derechos, ya que usa datos biométricos que pueden identificar de manera unívoca a una persona.

 

Desde #AxJA creemos que hay situaciones donde la implementación de sistemas de reconocimiento facial no es idónea, siendo su utilización desproporcionada para el interés que se persigue.

Hemos analizado la implementación de sistemas de reconocimiento facial en servicios aeroportuarios y en metodologías de evaluación del sistema educativo para tomar acción frente a estas.

INFOGRAFÍA

PRECEDENTES

METODOLOGÍAS DE EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO

EL CASO DE LA UNIR

La Asociación de Estudiantes Universitarios x la Defensa de los Derechos Fundamentales (Huxir) se crea en 2021 para denunciar la vulneración de derechos que supone el uso del Proctoring con control biométrico durante la evaluación en línea.

El movimiento se inició en redes a través #INDIGNACIONUNIR y terminó formalizándose en una asociación para poder enviar un burofax de advertencia a la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR) sobre la afectación que supone la implementación de software de reconocimiento facial en los exámenes. Finalmente, desde la asociación se cursó una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

 La AEPD respondió a la denuncia a través de una Resolución de Advertencia que estableció lo siguiente:

Luego de recibir distintas denuncias de Alumnos de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR) durante los meses de diciembre y enero, y de correr traslado a UNIR y recibir la respuesta de su Delegado de Protección de Datos, la Agencia Española de Protección de Datos ha notificado a las partes que procederá a abrir la investigación que amerita el caso.

«Tras revisar la respuesta proporcionada por el responsable del tratamiento, esta Agencia considera necesario investigar la naturaleza del tratamiento de datos personales de los alumnos que van a realizar las pruebas en su modalidad en línea, llevado a cabo por UNIR.

A tenor de la información preliminar de la que se dispone, se aprecian indicios racionales de una posible vulneración de las normas en el ámbito de las competencias de la AEPD, sin perjuicio de lo que se determine en el curso de la tramitación.»

Tras lo cual la Directora de la Agencia acuerda:
PRIMERO: Admitir a tramite las reclamaciones presentadas.
SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a las partes reclamantes.

Desde la Coalición tomamos acción frente cualquier caja negra pública que no se quiera revelar.

Nos sumamos públicamente a la petición de Civio de revelar el código fuente del bono social eléctrico y pedimos a las instituciones públicas correspondientes que cumplan con sus deberes de transparencia.

¿Conoces más situaciones que se esté implementando un sistema de reconocimiento facial?

¡Háznoslas llegar!